Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las PYMES de la demarcación de la provincia de Alicante en el Programa Pyme Digital, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo que se detallan en el apartado 6 “Presupuesto y cuantía de las ayudas” de esta convocatoria.
El Programa tiene como objetivo la incorporación sistemática de las TIC a la actividad habitual de las pymes, integrando herramientas competitivas claves en su estrategia y maximizando las oportunidades que ofrecen para mejorar su productividad y competitividad. Para ello, potenciará la adopción, por parte de éstas, de metodologías que permitan incorporar las TIC de modo sistemático a su actividad empresarial habitual.
El Programa se materializa a través de las siguientes acciones de apoyo directo:
Diagnóstico Asistido de TIC para la realización de un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa que permite conocer el esquema y situación del nivel de competitividad de la misma en su entorno económico y de mercado, así como identificar sus necesidades tecnológicas (alineadas con sus necesidades estratégicas y operativas). A través de este diagnóstico se determinarán una serie de recomendaciones para la implantación de soluciones pertenecientes a las tres líneas de actuación que contempla el Programa:
- Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, ERP, CRM... con clara orientación a la nube (cloud computing).
- Comercio Electrónico.
- Marketing Digital: SEO, SEM, email marketing, analítica web, social media, reputación online, aplicaciones móviles o cualquier otra herramienta, buena práctica o tendencia tecnológica que aparezca en el mercado.
Ayudas económicas para la implantación de las soluciones y mejoras detectadas que se detallarán en el Plan Personalizado de Implantación. Este Plan recogerá las características de los proyectos a implantar, los proveedores seleccionados libremente por la empresa para acometer los mismos y la financiación comprometida. Para cada proyecto se definirán los conceptos y costes elegibles, así como los plazos de ejecución y justificación de la inversión realizada.
Requisitos de los beneficiarios
- Ser una pequeña y mediana empresas, según la definición de pyme recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf . Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica. Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
- Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2022.
- Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 euros en la última anualidad.
- Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Huelva, de conformidad con los datos recogidos en el censo.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
- Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº 2023/2831, de la Comisión, de 13.12.2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15.12.2023), según el cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 euros en los tres años previos a dicha concesión.
- No podrán participar en la Fase I de Diagnóstico aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico en la convocatoria del programa TICCámaras de la anualidad 2023.
- No podrán ser beneficiarias de la Fase de Implantación de Ayudas las empresas que hubieran resultado beneficiarias en la citada convocatoria 2023.
- Podrán optar directamente a la Fase de Implantación de ayudas aquellas Pymes que:
- Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase de Diagnóstico de la convocatoria del programa TICCámaras de la anualidad 2023.
- Acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de asesoramiento en la incorporación de las TIC en las Pymes, de organismos de Promoción de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos del anexo a la presente convocatoria.
- Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
Presupuesto y cuantía de las ayudas
El presupuesto máximo de ejecución del Programa con cargo a esta convocatoria es de 177.556,80 euros, en el marco del "Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027”.
SERVICIOS DE APOYO PARA LA IMPLANTACIÓN DE LAS TIC EN LAS PYME
El presupuesto asociado a esta convocatoria para los servicios de apoyo a la implantación de las TIC en las Pymes es de 27.756,80 Euros. Estos servicios son gratuitos para las empresas;se realizan en el marco de las funciones de carácter público administrativo encomendadas a las Cámaras de Comercio en la Ley Básica 4/2014, para fortalecer el tejido empresarial. En concreto, los servicios prestados por los Asesores Tecnológicos camerales son:
- Diagnóstico Asistido de TIC
- Seguimiento de la Implantación
Serán cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por la Cámara de Comercio y por la Excelentísima Diputación Provincial de Huelva. El coste de estos servicios será prefinanciado en su totalidad por la Cámara de Comercio, no suponiendo desembolso alguno por parte de la PYME beneficiaria.
AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE LAS TIC EN LAS PYME
El presupuesto disponible en esta convocatoria para la fase de implantación de las TIC es de 149.800 Euros, por lo que la cuantía total de las AYUDAS ECONÓMICAS a PYMES es de 127.330 euros, con lo que se prevé una participación estimada de 20 empresas. El presupuesto máximo elegible por empresa para esta fase de ayudas es de 7.000 euros de coste directo (IVA no incluido), si bien no se excluye que se puedan abordar implantaciones de mayor cuantía. Adicionalmente, se financiarán los costes indirectos de las empresas, a tipo fijo, aplicando el porcentaje del 7% de los costes directos subvencionables, según art. 54 letra a) del Reglamento (UE) 2021/1060.
Por tanto, el coste elegible asociado a la implantación de los planes de acción será variable en cada caso, fijándose un máximo de 7.490,00 euros por empresa (7.000,00 euros de coste directo + 7% de costes indirectos asociados), que serán pre financiados en su totalidad por la empresa destinataria. El porcentaje máximo de ayuda a percibir por cada empresa será del 85% sobre el coste elegible indicado, por lo que la cuantía máxima de la ayuda por empresa será de 6.366,50 euros, siempre y cuando se justifique dicha inversión en los términos y plazos establecidos.
Presentación de solicitudes
Los interesados sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/huelva/, en los términos previstos en la presente convocatoria.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes en la referida Sede se iniciará a las 09:00 horas del 5 de junio de 2.024 hasta las 14:00 horas del día 19 de junio de 2.024.